El proceso electoral de 1808 fue frustrado por un golpe de Estado; en 1809 se eligieron catorce individuos, de los cuales se insacul??? al representante de Nueva Espa???a a la Junta Central Gubernativa; en 1810, en C???diz, se eligieron siete diputados suplentes, y en 1810-11, en la Am???rica Septentrional, diecinueve diputados propietarios; de los cuales trece se trasladaron a la Pen???nsula para hacer un total de veinte, menos uno que falleci??? al poco tiempo. Diecinueve participaron en los debates y los mismos firmaron ...
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El proceso electoral de 1808 fue frustrado por un golpe de Estado; en 1809 se eligieron catorce individuos, de los cuales se insacul??? al representante de Nueva Espa???a a la Junta Central Gubernativa; en 1810, en C???diz, se eligieron siete diputados suplentes, y en 1810-11, en la Am???rica Septentrional, diecinueve diputados propietarios; de los cuales trece se trasladaron a la Pen???nsula para hacer un total de veinte, menos uno que falleci??? al poco tiempo. Diecinueve participaron en los debates y los mismos firmaron la Constituci???n. En C???diz plantearon la igualdad de representaci???n entre los espa???oles de ambos hemisferios; la prohibici???n del tr???fico de esclavos; la abolici???n de la esclavitud; el reconocimiento de los derechos pol???ticos de millones de individuos libres de las castas; las caracter???sticas de los gobiernos de las provincias y de los pueblos, y la reforma de la Constituci???n, as??? como la separaci???n y la independencia de los reinos americanos, cuya Declaraci???n no se public??? en los Diarios de las Cortes ni en los peri???dicos de Espa???a, sino en Londres, y su fuerte reclamo a las Cortes por su falta de respeto al decoro y dignidad de las naciones de Am???rica. Por otra parte, salud??? la divisi???n de poderes a nivel de gobierno central; el establecimiento de Diputaciones Provinciales, y la sistematizaci???n de las antiguas leyes de la monarqu???a en materia civil y criminal. Adem???s, reconoci??? que nunca en la historia se hab???an formado unas Cortes tan representativas de la sociedad espa???ola de ambos mundos; que nunca hab???an participado en ellas diputados americanos y asi???ticos, y que jam???s se hab???an discutido tan ampliamente y con tal libertad los asuntos comunes de inter???s p???blico.
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